La Ley de Segunda Oportunidad, un antídoto para muchos particulares para paliar la crisis del coronavirus

Este mecanismo legal que permite superar la bancarrota a los deudores de buena fe está cobrando mucho protagonismo para combatir el impacto económico de la pandemia

Son tiempos complicados. La crisis de la COVID-19 ha dejado muy maltrecha la situación socioeconómica de infinidad de familias a nivel nacional. Negocios que cierran, empresas que no pueden asumir sus deudas, trabajadores en ERTE o problemas para hacer frente a las facturas que llegan ante la ausencia o reducción de los ingresos esperados. Dice el dicho que después de la tormenta siempre llega la calma. Pero no siempre es así, en ocasiones las cosas no van a mejor y terminan encalladas en una situación crítica a nivel económico de la que parece complicado salir.

¿Existe alguna solución para superar este bache financiero? La respuesta es afirmativa y se llama Ley de Segunda Oportunidad. Ante esta situación resulta primordial conocer todas las opciones legales que existan y una de las que más adeptos ha ganado con los estragos de la pandemia es esta norma que apenas alcanza el lustro de vida.

¿Por qué la Ley de Segunda Oportunidad?

Aprobada en el año 2015 e importada de la cultura anglosajona donde se utiliza con mayor frecuencia, este mecanismo legal ofrece, tal y como explica el especialista Guillermo Pérez Gómez del despacho Larson & Co,  “precisamente eso, una segunda oportunidad para empezar de cero y librarte de esas deudas que no te dejan dormir tranquilo por las noches”.

De esta manera permite reiniciar la economía particular a aquellas personas que se hayan embarcado en un proyecto anterior que por los motivos que fuesen no ha ido bien y ha terminado generando una espiral de deudas que son inasumibles. Asimismo en cierto modo contribuye al carácter emprendedor dado que se reduce la penalización existente en el caso de que no diera resultado el proyecto iniciado.

De tal forma que si tú has montado una empresa o factoría y ha quebrado, una situación muy repetida en los últimos meses, no tienes por qué estar atado de por vida a esas deudas y perder la capacidad de desarrollar nuevos planes empresariales. Una situación que antes era inviable y que ahora cuenta con una solución gracias a la exoneración de parte de esas deudas efectuada por la Ley de Segunda Oportunidad.

Ayuda efectiva

Ángel Andújar lleva varios años gestionando casos de personas que deseaban acogerse a este instrumento legal y reconoce que en el contexto actual “va a ayudar a muchísimas personas y cada vez a más porque es algo que se va conociendo poco a poco”. A continuación añade que “lamentablemente la crisis del coronavirus no ha sido solo sanitaria, sino que a partir de ahora se va a convertir en una crisis económica que se va a llevar por delante a muchos negocios y pequeños autónomos”.

Para él esta ayuda es especialmente efectiva y considera muy importante conocer bien todos los detalles de esta ley. “En ocasiones el desconocimiento de este tipo de herramientas legales hace que muchas personas queden endeudadas de por vida”, apunta. Pero, ¿cuáles son esos detalles? ¿Qué hay que hacer para poder acceder a esa segunda oportunidad?

Evidentemente existen una serie de requisitos para poder beneficiarse de esta ley. Partiendo de la premisa de que “tanto las empresas como las personas naturales pueden acceder a ella” y teniendo en cuenta que “en ambos casos el activo y pasivo debe ser inferior a los 5 millones de euros” se puede iniciar ya el procedimiento. En cualquier caso, reconoce que “los requisitos son muy fáciles para cualquier persona que esté en una situación alta de endeudamiento”.

El especialista inicia su explicación haciendo especial hincapié en la figura del mediador concursal. De hecho recalca que el primer paso consiste en “la solicitud de nombramiento de un mediador concursal ante notario”. A partir de ahí “se va a requerir una serie de documentación referente principalmente a las deudas que nos atañen”.

Dicho mediador deberá convocar a todos los acreedores con la finalidad de aprobar un plan de pagos. En este punto es muy importante saber que “desde la presentación de la solicitud se prohíbe iniciar o continuar ejecuciones sobre el patrimonio del deudor mientras se negocia el acuerdo extrajudicial”. Este plazo, apunta el letrado, es de un máximo de tres meses.

Dos posibles escenarios

La reunión con los acreedores puede dibujar dos vías muy distintas. La primera es que se alcance un acuerdo con sus acreedores y así “iniciar un proceso de liquidación de sus bienes, manteniendo aquellos que estén afectos a su actividad empresarial”. De lo contrario si no se llegara a un punto en común, “entonces se hace la declaración del concurso y el procedimiento pasa a la vía judicial”. Aún así “en el concurso, siempre y cuando sea suficiente la masa activa, se abrirá la fase de liquidación y con ello se pretenderá satisfacer todos los créditos del acreedor”.

Si finalmente se autoriza su aplicación y se acaba con el procedimiento, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos añadidos como puede ser la buena fe del deudor, el solicitante queda exonerado de pagar aquellas deudas que no pueda asumir y puede automáticamente olvidarse de ellas. Una realidad que, en unos tiempos como los actuales, bien puede suponer un antídoto para paliar la crisis del coronavirus.

 

Fuente: Al Sol de la Costa